DERECHOS Y DEBERES

Objetivo
Promover y garantizar los derechos de los usuarios de PROMOSALUD IPS.
Alcance
Inicia con la definición de los derechos y deberes de los usuarios por parte de la
institución y finaliza con el cumplimiento a cabalidad de los mismos.
Estrategias
La carta debe ser ubicada en un lugar que permita una buena visibilidad y legibilidad.
Se recomienda colocarla a una altura mayor a 1,5 metros sobre el suelo, de lo
contrario, impide una correcta lectura.

Documentos de referencia

Resolución 13237 de 1991

DECRETO 1757 DE 1994 Artículo 3. Servicio de atención a los usuarios. Las
Empresas Promotoras de Salud y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud
sean públicas, privadas o mixtas, deberán establecer un servicio de atención a los
afiliados y vinculados al Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Carta de derechos y deberes en los servicios de salud CIRCULAR EXTERNA No. 016
del 15 de mayo de 2013– Ministerio de salud y protección social, Defensoría del
Pueblo y SuperSalud

En caso de que sus derechos sean vulnerados puede presentar un derecho de
petición ante la EPS, IPS o secretarías de Salud, que debe ser respondido en 15 días
hábiles. Además puede pedir orientación o apoyo en la Defensoría del Pueblo,
Superintendencia de Salud, personerías municipales, Contraloría General de la
Nación, Procuraduría o Fiscalía.

DEBERES DE LOS USUARIOS

  1. Tratar con dignidad,  respeto y cortesía al personal que lo atiende y a los
    demás usuarios.
  2. Cuidar las instalaciones y equipos de la institución.
  3. Propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad.
  4. Cumplir de manera responsable con las recomendaciones de los
    profesionales de salud que lo atiendan.
  5. Cumplir las normas y actuar de buena fe frente al sistema de salud.
  6. Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida
    o la salud de las personas.
  7. Suministrar de manera voluntaria, oportuna y suficiente la información que se
    requiera para efectos de recibir la atención médica.
  8. Expresar por escrito su voluntad de no aceptar algún tratamiento o
    procedimiento
  9. Colaborar en el cumplimiento de las normas y políticas establecidas para
    garantizar la seguridad de todas las personas que se encuentran en la IPS.
  10. Cancelar oportunamente la cuenta, cuota moderadora o pago (si le
    corresponde), por el servicio recibido.

DERECHOS DE LOS USUARIOS

  1. Recibir los servicios de salud en condiciones de higiene, seguridad y respeto a su
    intimidad.
  2. Derecho a conocer los nombres del personal que lo está tratando y elegir libremente al
    médico y en general los profesionales de la salud que le presten la atención requerida
    dentro de los recursos disponibles y habilitados de la IPS.
  3. Acceder a los servicios sin que le impongan trámites administrativos adicionales a los de la
    ley. Que solamente le exijan su documento de identidad para acceder a los servicios de
    salud.
  4. Que usted o la persona que lo represente acepte o rechace cualquier tratamiento y que su
    opinión sea tenida en cuenta y respetada.
  5. Obtener información clara y oportuna de su estado de salud, de los servicios que vaya a
    recibir y de los riesgos del tratamiento.
  6. Recibir una segunda opinión médica si lo desea y a que su asegurador valore el concepto
    emitido por un profesional de la salud externo.
  7. Recibir un trato digno sin discriminación alguna, respetando sus creencias y costumbres.
  8. Que todo su proceso de atención quede por escrito en la Historia Clínica y que estos sean
    tratados de manera confidencial.
  9. Recibir por escrito las razones por las que se niega el servicio de salud.
  10. Que le autoricen y presten los servicios incluidos en el Plan Obligatorio de Salud de manera
    oportuna
  11. Ser informado acerca del cobro de cuotas moderadoras y copagos por los servicios
    obtenidos en el proceso de atención.
  12. Conocer los medios por los cuales puede presentar un reclamo, queja o sugerencias sobre
    el servicio prestado en la institución y recibir respuesta por escrito.
  13. Elegir libremente el asegurador, la IPS y el profesional de la salud que quiere que lo trate,
    dentro de la red disponible.
  14. Ser orientado respecto a la entidad que debe prestarle los servicios de salud requeridos.
  15. Recibir servicios continuos, sin interrupción y de manera integral.